La Nueva Constitución Política del Estado, establece un
nuevo orden jurídico donde las conductas de las servidoras y servidores
públicos deben reflejar en su esencia la expresión de los mandatos
constitucionales, donde la responsabilidad y obligación social en el desempeño
de la gestión pública, constituye un pilar de la construcción del nuevo Estado
Plurinacional..
En este sentido, de conformidad con el artículo 8 de la
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, se asume y promueve
como principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla,
ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir
bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra
sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble).
Asimismo el Estado Boliviano se sustenta en los valores de
unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad,
respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de
oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común,
responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los
productos y bienes sociales, para vivir bien.
Por su parte el artículo 232 de la Constitución Política
del Estado, establece que la Administración Pública se rige por los principios
de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés
social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad,
calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Para ello, la Unidad de Transparencia del G.A.M.Y. en coordinación con todas y todos los servidores públicos están elaborando un código o manual de ética, tomando como base los principios y valores fundamentales establecidos en: